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Convocatoria para la concesión de ayudas en 2024 a la prevención de riesgos y seguridad minera en e

Resolución de 14 de noviembre de 2023 de la Secretaría de Estado de Energía por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas en 2024 a la prevención de riesgos y seguridad minera en el ámbito de una minería autóctona y sostenible.





Se ha abierto el plazo para solicitar ayudas a la prevención de riesgos y seguridad minera en el ámbito de una minería autóctona y sostenible. El plazo finaliza el 17 de diciembre de 2.023.


Las ayudas abarcan las siguientes actuaciones en empresas mineras:


Podrán ser subvencionables los costes correspondientes a inversiones tales como:

a) Inversiones materiales en seguridad minera. Incluye los proyectos dirigidos a mejorar la seguridad y salud en explotaciones, establecimientos de beneficio y túneles o galerías en fase de excavación y sostenimiento.

b) Actuaciones de formación en seguridad minera, destinadas a la formación presencial del personal de las entidades a las que sea de aplicación el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.





La tipología de inversión subvencionable, en seguridad minera, son:


  • Área de Explotación:​​

  • Sostenimiento de túneles y galerías. Mejoras generales y de dimensionamiento.

  • Acondicionamiento de zonas abandonadas que puedan suponer un riesgo para las personas y/o el medio ambiente.

  • Sostenimiento. Instalación de sistemas de control geotécnico.

  • Reacondicionamiento/nuevos accesos y asfaltado de viales. 

  • Acondicionamiento de bancos, bermas, taludes y pistas.

  • Área de Maquinaria minera móvil.

  • Sustitución de maquinaria peligrosa.

  • Adaptación a los requisitos de seguridad aplicables (elementos de seguridad).

  • Nuevas instalaciones para el mantenimiento de la maquinaria. 

  • Área de Establecimientos de beneficio. Cintas transportadoras y molinos.

  • Sustitución de equipos e instalaciones peligrosas.

  • Adaptación a los requisitos de seguridad (sistemas antiatrapamiento, paradas de emergencia, elementos de seguridad, etc.).

  • Área de Establecimientos de beneficio. Otras instalaciones y equipos de trabajo.

  • Nuevos sistemas antipolvo, o adaptación, de equipos de trabajo (sistemas antipolvo por vía húmeda o por aspiración, sistemas de contención, etc.).25

  • Sistemas de protección colectiva (sistemas de acceso, plataformas, barandillas, pasamanos, escalas, escaleras, líneas de vida, etc.).10

  • Nuevos equipos de trabajo o adaptación (manejo de cargas pesadas, sistemas antivibraciones, antirruido, adaptación a requisitos de seguridad, etc.). 





La cuantía de la subvención en actuaciones de seguridad puede ser de:

  • Hasta un 20 por ciento de los costes de la inversión subvencionable, en el caso de pequeñas empresas y también de microempresas,

  • Un 10 por ciento en el de medianas empresas.




Desde TECMINA podemos ayudaros en toda la tramitación, desde la solicitud de la misma, hasta la presentación de la justificación de la inversión realizada, a fin de garantizar el buen fin de la misma.


Quedamos a vuestra disposición, recordando que el plazo para presentar la documentación de solicitud finaliza el próximo día 17 de diciembre de 2023.

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